La Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA) rubricó una adenda contractual con la empresa estatal Dioxitek —cuyo accionariado se distribuye entre la Secretaría de Asuntos Nucleares (51%), la CNEA (48%) y la provincia de Mendoza (1%)— para habilitar la transferencia y licenciamiento de la tecnología de producción de hexafloruro de uranio (UF6). La medida permite a Dioxitek explotar comercialmente estos desarrollos a escala industrial y emplearlos en alianzas con socios privados, en momentos en que la firma estadounidense Nano Nuclear Energy impulsa una propuesta de inversión de US$ 230 millones para finalizar la Nueva Planta de Uranio (NPU) en Formosa.
El entendimiento busca canalizar comercialmente el conocimiento acumulado en el sector nuclear argentino para ingresar al mercado internacional de combustible enriquecido, aunque encendió reparos internos respecto del control de insumos técnicamente sensibles.
Alcances de la adenda, tecnología de Pilcaniyeu y esquema asociativo
La firma de la adenda al Contrato de Servicios Mutuos —vigente entre ambas partes desde 1998— remueve los obstáculos jurídicos para que Dioxitek replique los procesos de conversión en nuevos emprendimientos y sociedades participadas.
Respecto de los términos del convenio, las aprobaciones técnicas de la CNEA y la proyección de mercado, se destacan los siguientes datos centrales:
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Habilitación para sociedades conjuntas: El artículo I de la adenda suscripta el 29 de agosto establece que Dioxitek queda facultada para emplear la tecnología de fabricación en las sociedades en las que participe, abarcando la totalidad de las etapas del proceso de beneficiación y conversión de uranio.
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Integración de la tecnología de Pilcaniyeu: Un informe técnico firmado por la gerenta de Investigación y Desarrollo de Grandes Proyectos, María Magdalena Villaverde, y el gerente de Energía Nuclear, Pablo Daniel Katz, convalidó el traspaso de la tecnología de UF6 preservada en el Complejo Tecnológico Pilcaniyeu (Río Negro). Los funcionarios señalaron que la autorización “permitiría que un desarrollo tecnológico generado y preservado por la CNEA encuentre una aplicación industrial concreta, evitando que el conocimiento acumulado permanezca limitado al ámbito experimental, tecnológico o de investigación y posibilitando su incorporación efectiva a la cadena de valor nuclear”.
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Certeza para negocios internacionales: El presidente de Dioxitek, Bruno Oberlis, remarcó que la adenda “otorga la certeza jurídica indispensable para sus esquemas asociativos y habilita una nueva unidad de negocios en torno al UF6”, facilitando la estructuración de vehículos societarios para la planta de Formosa.
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Acceso al mercado exportador: Mientras que la producción de dióxido de uranio (UO2) abastece el consumo de las centrales nucleares argentinas (Atucha I, Atucha II y Embalse), la generación de UF6 representa la materia prima indispensable para el proceso de enriquecimiento, abriendo un canal para atender la demanda internacional.
Propuesta de inversión de Nano Nuclear Energy en Formosa
El acuerdo destraba la iniciativa presentada en abril ante el Ministerio de Economía por la firma estadounidense Nano Nuclear Energy. El proyecto prevé la creación de una sociedad conjunta con Dioxitek —donde la estatal mantendrá la titularidad de los activos y el terreno cobrando un usufructo— articulada en dos hitos principales:
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Finalización de la NPU-1: Adecuación de instalaciones, incorporación de equipamiento faltante y puesta en marcha de la NPU-1 en Formosa para garantizar la producción de dióxido de uranio (UO2) destinado al mercado doméstico.
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Módulo de conversión a UF6: Construcción, operación y mantenimiento de una planta complementaria para convertir UO2 en hexafloruro de uranio (UF6) con destino exclusivo a la exportación.
Reparos internos por sensibilidad estratégica y régimen de propiedad intelectual
La transferencia tecnológica reabrió discusiones al interior de la CNEA respecto de la tutela de procesos industriales estratégicos y el reparto de derechos sobre eventuales innovaciones.
Sectores del organismo señalaron que el manejo de UF6 y el enriquecimiento de uranio involucra insumos técnicamente complejos y geopolíticamente sensibles. Por otra parte, el artículo II de la adenda fijó que las mejoras que se desarrollen sobre la tecnología de fabricación pertenecerán a la parte que las implemente. De este modo, Dioxitek retendrá la titularidad de sus innovaciones y la CNEA solo gozará de un derecho de uso gratuito no exclusivo e intransferible, una cláusula de alto impacto ante un hipotético proceso de privatización de la compañía.