El Gobierno nacional dio un paso clave en la reestructuración del sistema energético argentino mediante la publicación de la Resolución 293/2026 de la Secretaría de Energía en el Boletín Oficial. La normativa introduce cambios estructurales diseñados para simplificar el acceso de las grandes industrias al Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), eliminar de forma gradual las restricciones de comercialización vigentes para los generadores y promover la libre negociación de precios en el Mercado a Término (MAT).
La medida profundiza el esquema de normalización y desregulación iniciado bajo la Resolución 400/2025, otorgando mayor libertad contractual a los grandes consumidores y otorgando dinámicas comerciales competitivas en la oferta de generación. En el ámbito provincial, la reforma adquiere una relevancia estratégica para Río Negro, donde el despliegue de obras asociadas a Vaca Muerta, la infraestructura agroindustrial del Alto Valle y los proyectos exportadores demandarán suministros eléctricos de alta potencia.
Ingreso mensual al MEM y eliminación gradual de topes para la generación
Uno de los ejes centrales de la reforma modifica el trámite de incorporación para las categorías de Grandes Usuarios Mayores (GUMA) y Grandes Usuarios Menores (GUME). El esquema tradicional de ventanas trimestrales de habilitación será sustituido por un procedimiento de trámite mensual que comenzará a regir el 1 de diciembre de 2026, posibilitando las primeras operaciones bajo esta modalidad para enero de 2027. Esta flexibilización administrativa agilizará el traspaso entre categorías y la contratación directa con las distribuidoras o generadores, siempre que los comercios e industrias cumplan con las exigencias de potencia instalada y medición técnica.
En paralelo, la resolución establece la eliminación progresiva de los límites de venta que pesaban sobre centrales térmicas e hidroeléctricas existentes para comprometer su producción mediante contratos bilaterales. El cronograma dispuesto por el Ejecutivo fija que las generadoras convencionales alcanzadas podrán destinar hasta el 20% de su capacidad hasta marzo de 2027, elevando ese techo al 60% a partir de abril de 2027, al 80% en abril de 2028 y alcanzando el 100% de liberación desde enero de 2029. La medida busca multiplicar los oferentes en el mercado a término para impulsar una mayor competencia en la formación de los precios mayoristas.
Oferta de costos por gestión propia y el impacto en la matriz rionegrina
La normativa también introduce modificaciones en la declaración de los Costos Variables de Producción (CVP) utilizados por la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA) para el despacho de las centrales. El nuevo esquema permitirá que aquellos generadores que cuenten con gestión propia de combustibles declaren costos de producción por debajo de los precios de referencia oficiales, incentivando la competencia de precios dentro del sistema de despacho sin perder los controles de supervisión.
Para el entramado productivo de Río Negro, la desregulación abre herramientas de previsibilidad financiera para la contratación de energía de largo plazo. Sin embargo, la efectividad de la norma en la reducción efectiva de las tarifas industriales estará sujeta a la disponibilidad de oferta, los costos de transporte y distribución, y la capacidad de las redes locales para responder a la nueva demanda, manteniendo a las inversiones en infraestructura eléctrica como una condición crítica de fondo.