El Gobierno nacional dio un paso trascendental en su estrategia de privatizar el ecosistema energético mediante el lanzamiento de una convocatoria a licitación pública, tanto de alcance nacional como internacional, para delegar en manos privadas la importación y comercialización de Gas Natural Licuado (GNL).
Esta determinación gubernamental busca identificar y seleccionar a un agente operativo con la capacidad necesaria para gestionar el cupo disponible en la terminal regasificadora situada en Escobar y efectuar la entrega del fluido, ya en estado gaseoso, en el nodo estratégico de Los Cardales.
Este procedimiento fue formalmente validado a través de la Resolución 33/2026, emanada de la Secretaría de Energía, repartición dependiente del Ministerio de Economía. En dicho documento se establecen con rigurosidad los parámetros técnicos, los requerimientos financieros y las directrices operativas que deberán observar los proponentes. El propósito medular de la normativa es garantizar que la provisión de este recurso crítico se rija por principios de libre competencia, transparencia administrativa, trazabilidad absoluta y una mayor certidumbre para el conjunto del sistema energético nacional.
Mecánica licitatoria y criterios de selección
El proceso de adjudicación se ha estructurado en dos fases sucesivas y excluyentes. En primera instancia, se desarrollará una etapa de precalificación exhaustiva, donde se examinarán los antecedentes técnicos de las firmas interesadas, su experiencia comprobable en el mercado global de hidrocarburos y su solidez patrimonial. Únicamente aquellas entidades que demuestren fehacientemente cumplir con estos estándares de idoneidad podrán acceder a la instancia de oferta económica.
En la etapa definitoria, el criterio de selección será estrictamente cuantitativo: se priorizará la propuesta que presente el menor margen adicional (o "plus") expresado en dólares por millón de BTU respecto al indicador internacional de referencia Title Transfer Facility (TTF), el cual es monitoreado y publicado por el Intercontinental Exchange. Este componente adicional deberá integrar de manera integral todos los costos asociados a la cadena de valor:
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Fletes marítimos internacionales.
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Procesos de regasificación.
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Servicios de almacenamiento criogénico.
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Márgenes de comercialización.
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Transporte a través de la red de gasoductos hasta el punto de entrega final.
La arquitectura del sistema contempla la figura de un operador privado único, quien asumirá el rol de comercializador-agregador. Esta figura será responsable de la coordinación logística de los buques metaneros, la administración técnica de los inventarios y la gestión operativa de la unidad flotante de almacenamiento y regasificación (FSRU). Mediante esta unificación, el Estado pretende mitigar riesgos de descoordinación, evitar solapamientos operativos y resolver potenciales conflictos en una infraestructura que, por su complejidad, exige una dirección centralizada.