En el marco de la política del Poder Ejecutivo orientada a promover las inversiones privadas sin intervención estatal ni uso de fondos públicos, la Secretaría de Energía dictó la Resolución 264/2026, mediante la cual se oficializa el Régimen de Demandas Extratendenciales (XDEM).
La medida dispone que todo nuevo proyecto de gran escala o ampliación de consumo existente deberá garantizar su propia generación y respaldo de potencia para incorporarse al Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), evitando saturar las reservas operativas del sistema o trasladar sobrecostos a las facturas del resto de los usuarios.
La normativa está dirigida a emprendimientos electrointensivos como centros de procesamiento de datos (data centers), proyectos mineros e industrias de gran porte que requieran potencias equivalentes o superiores al 0,5% de la demanda media del MEM, umbral fijado en torno a los 80 MW. La decisión profundiza el esquema adoptado previamente a través de la Resolución 400/2025 y amplía su alcance al incluir las conexiones gestionadas por medio de empresas distribuidoras.
Requisitos de contratación y respaldo para electrointensivos
La regulación fija condiciones de abastecimiento estrictas según el perfil operativo del proyecto para resguardar la seguridad del suministro:
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Cobertura con nueva generación: Las grandes demandas deberán cubrir al menos el 80% de su consumo mensual mediante contratos de generación eléctrica nueva.
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Potencia firme requerida: Los proyectos estándar deberán contar con una potencia firme que cubra el 100% de su demanda máxima.
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Exigencia incrementada para data centers: Debido a la continuidad operativa e ininterrumpida que exigen las instalaciones tecnológicas, los centros de datos deberán respaldar el 115% de su demanda máxima.
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Libertad de tecnología y autogeneración: Las firmas podrán seleccionar libremente su proveedor y tecnología de generación, permitiéndose instalar soluciones de autoabastecimiento en el mismo punto de conexión.
Protección de la reserva y prioridad para el consumo general
Con esta iniciativa, la cartera energética busca canalizar la llegada de capitales de escala garantizando que no compitan por la oferta disponible ni encarezcan las tarifas del usuario común. La norma fija que el crecimiento de la demanda privada deberá correr a cuenta y riesgo de las propias empresas.
En casos hipotéticos de restricción de la oferta o contingencias en la red nacional, la normativa establece un orden de prelación claro: los hogares, comercios, pymes e industrias ya integrados al mercado tendrán prioridad absoluta sobre los grandes consumidores que no cuenten con el respaldo exigido.